Cranelo de Bloom Seed Co semillas Feminizadas

150,00 

  • Procedencia: Cranberry Z x Pomelo Punch 5
  • Genética: Híbrido
  • Producción exterior: 1200 gr.
  • Producción interior: 650 gr/m2.
  • Floración Exterior: Finales de Septiembre – Inicios de Octubre.
  • Floración interior: 8-9 semanas.
  • Nota: Variedad con aroma complejo a arándanos y frutas tropicales dulces.
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Cranelo de Bloom Seed Co son unas semillas Feminizadas resultado del cruce entre Cranberry Z x Pomelo Punch 5.

 

Cranberry Z es una variedad creada por Mr. C Seeds mediante el cruce Cranberry x The Original Z.

En esta exclusiva variedad, nuestra amada Z se cruza con una variedad única del sector marcando unos terpenos únicos.

Cranberry es un polihíbrido creado mediante el cruce entre Pieface #44 x (Sunset Sherbert x Kimbo Kush).

La mayoría de sus fenotipos son de tamaño y producción media con cogollos en forma de pelota de golf.

Cranberry Z le aporta a Cranelo ese aroma dulce y afrutado tipo sorbete, donde predomina la cereza y el arándano.

 

Pomelo Punch es la aclamada variedad del breeder que nace como resultado del cruce Orange Mints x Papaya.

Los terpenos intensos a naranja, gasolina y menta, además de su exagerada capa de resina, la convierte en una planta ideal para los aficionados a las extracciones.

Al contrario que muchas variedades actuales, el tamaño de sus cogollos es moderado pero compactos y cubiertos de resina.

Las hojas son anchas y de un color verde oscuro profundo, con una estructura bien ramificada permitiendo cualquier tipo de cultivo al que estemos acostumbrados.

Como resultado el aroma es a zumo de piña y mango con matices agrios.

 

¿Qué terpenos predominan en la variedad Cranelo de Bloom Seed Co?

  • Variedad con aroma complejo a arándano y frutas tropicales dulces.

 

¿Qué periodo de floración tiene Cranelo de Bloom Seed Co?

  • Interior: 8-9 semanas de floración.
  • Exterior: Finales de Septiembre – Inicios de Octubre.

 

Recomendaciones de Bloom Seed Co:

GERMINACION

Las semillas necesitan tres ingredientes clave para germinar:

  • Aire
  • Humedad
  • Calor

Este sencillo método suele aumentar la tasa de germinación de las semillas de cannabis:

  1. Remoja las semillas durante 48 horas en agua filtrada o destilada a un pH de 6.0, manteniendo una temperatura entre 24 y 29 °C.
  2. Coloca las semillas entre toallas de papel húmedas, pero sin que gotee.
  3. Coloca las toallas dentro de una bolsa de plástico sellada con suficiente aire para que las semillas respiren.
  4. Revisa las semillas con frecuencia para asegurarte de que sobre todo se mantengan húmedas.
  5. Las semillas deberían germinar de hecho en 72 horas.
  6. Una vez que tengan entre 6 mm y 12 mm de largo, colócalas en tu medio de cultivo preferido.

Si cultivas muchas semillas caras y la germinación es fundamental, te recomendamos la siguiente técnica de germinación.

HERMAFRODITAS

Algunas variedades presentan ciertas sensibilidades que pueden resultar en rasgos hermafrodíticos.

Algunas plantas son más sensibles que otras a la fertilización con Ec alta, la variabilidad del pH y el calor o la luz intensos.

Recomendamos tomar clones de las plántulas y dejarlos florecer para obtener mejores resultados.

 

 

Puedes ver más información en Bloom Seed Co

 

AVISO LEGAL

Tenga en cuenta: este producto no es para uso ni venta a personas menores de 18 años. Este contenido es solo para uso informativo y educativo.

No fomentamos la germinación de semillas de cannabis y rechazamos el uso de nuestros productos de forma ilegal.

Las semillas se consideran legales como productos de cáñamo, ya que contienen bajos niveles por debajo de 0,3 % de THC en peso seco.

Es fundamental que consulte las leyes estatales y locales antes de comprar semillas.

Según la Convención Única sobre Estupefacientes, firmada en Viena en 1961, la posesión, la importación y el tráfico de semillas de cáñamo no están sujetos a regulación.

Este tratado excluye expresamente las semillas de cannabis de la lista de sustancias estupefacientes sujetas a supervisión internacional.

El Título 21 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.), 802(16), establece que el término «marihuana» se refiere a todas las partes de la planta Cannabis sativa L., ya sea en crecimiento o no; la resina extraída de cualquier parte de dicha planta; de dichos tallos, aceite o torta elaborada a partir de las semillas de dicha planta, y cualquier compuesto, manufactura, sal, derivado, mezcla o preparación de dichos tallos maduros (excepto la resina extraída de ellos), fibra, aceite o torta, o la semilla esterilizada de dicha planta que no pueda germinar.

La CSA excluye de esa definición el «cáñamo».
Título 21 del Código de los Estados Unidos, artículo 802(16)(B)(i).

El término «cáñamo» se refiere a «la planta Cannabis sativa L. y cualquier parte de ella, incluyendo sus semillas y todos los derivados, extractos, cannabinoides, isómeros, ácidos, sales y sales de isómeros, ya sea en crecimiento o no, con una concentración de delta-9-tetrahidrocannabinol no superior al 0,3 % en peso seco».

Título 7 del Código de los Estados Unidos, artículo 1639o.
Por consiguiente como las semillas de marihuana tienen una concentración de delta-9-tetrahidrocannabinol no superior al 0,3 % en peso seco cumplen con la definición de «cáñamo» y, por lo tanto, no están sujetas a control por la CSA.

ADVERTENCIA: ES UN DELITO PENAL GERMINAR SEMILLAS DE CANNABIS EN ESPAÑA Y MUCHOS OTROS PAÍSES.

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