The Woah de Exotic Genetix son unas semillas Regulares como resultado del espectacular cruce entre Cream D´Mint (Mojo Mints pheno) y Rainbow Chip.
Cream D´Mint es un cruce entre Cookies and Cream x Mint Chocolate Chip.
Es una variedad con un marcado legado Cookies es su increíble aroma a galletas.
Es una planta con un gran desarrollo de ramas laterales que potencian su buena producción.
Por otro lado tenemos la Rainbow Chip que es el resultado de cruzar Sunset Sherb con Mint Chocolate Chip.
Esta increible variedad utiliza las influencias terpénicas y el vigoroso crecimiento de Mint Chocolate Chip.
Pero lo mas destacable de esta variedad es su jugoso aroma que impresiona solo con abrir el bote.
Sin duda el sabor es indescriptiblemente sabroso y permanece en boca durante mucho tiempo.
En resumen estamos ante una variedad con gran número de ramas laterales con un tamaño medio alto.
Pero su producción es una barbaridad y te dejará muy satisfecho seguro.
¿Qué aroma tiene esta variedad The Woah?
- Un aroma a galletas de menta inundará la habitación.
¿Qué periodo de floración tiene la The Woah de Exotic Genetix?
- Interior: 8-9 semanas.
- Exterior: Inicios de Octubre.
Puedes consultar la variedad en la página oficial de Exotic Genetix.
AVISO LEGAL
Tenga en cuenta: este producto no es para uso ni venta a personas menores de 18 años. Este contenido es solo para uso informativo y educativo.
No fomentamos la germinación de semillas de cannabis y rechazamos el uso de nuestros productos de forma ilegal.
Las semillas se consideran legales como productos de cáñamo, ya que contienen bajos niveles por debajo de 0,3 % de THC en peso seco.
Es fundamental que consulte las leyes estatales y locales antes de comprar semillas.
Según la Convención Única sobre Estupefacientes, firmada en Viena en 1961, la posesión, la importación y el tráfico de semillas de cáñamo no están sujetos a regulación.
Este tratado excluye expresamente las semillas de cannabis de la lista de sustancias estupefacientes sujetas a supervisión internacional.
El Título 21 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.), 802(16), establece que el término «marihuana» se refiere a todas las partes de la planta Cannabis sativa L., ya sea en crecimiento o no; la resina extraída de cualquier parte de dicha planta; de dichos tallos, aceite o torta elaborada a partir de las semillas de dicha planta, y cualquier compuesto, manufactura, sal, derivado, mezcla o preparación de dichos tallos maduros (excepto la resina extraída de ellos), fibra, aceite o torta, o la semilla esterilizada de dicha planta que no pueda germinar.
La CSA excluye de esa definición el «cáñamo».
Título 21 del Código de los Estados Unidos, artículo 802(16)(B)(i).
El término «cáñamo» se refiere a «la planta Cannabis sativa L. y cualquier parte de ella, incluyendo sus semillas y todos los derivados, extractos, cannabinoides, isómeros, ácidos, sales y sales de isómeros, ya sea en crecimiento o no, con una concentración de delta-9-tetrahidrocannabinol no superior al 0,3 % en peso seco».
Título 7 del Código de los Estados Unidos, artículo 1639o.
Por consiguiente como las semillas de marihuana tienen una concentración de delta-9-tetrahidrocannabinol no superior al 0,3 % en peso seco cumplen con la definición de «cáñamo» y, por lo tanto, no están sujetas a control por la CSA.
ADVERTENCIA: ES UN DELITO PENAL GERMINAR SEMILLAS DE CANNABIS EN ESPAÑA Y MUCHOS OTROS PAÍSES.
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